Senado de la República de Colombia
| Senado de la República de Colombia | ||
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| X Congreso | ||
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Plenaria del Senado | ||
| Localización | ||
| País |
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| Coordenadas | 4°35′51″N 74°04′35″O / 4.5975, -74.076388888889 | |
| Información general | ||
| Creación | 4 de julio de 1991 | |
| Tipo | Cámara alta del Congreso de la República | |
| Inicio de sesiones | 20 de julio de 2026 | |
| Liderazgo | ||
| Presidente del Senado |
desde el 20 de julio de 2026 | |
| Vicepresidente primero |
desde el 20 de julio de 2026 | |
| Vicepresidente segundo |
desde el 20 de julio de 2026 | |
| Secretario general |
desde el 20 de julio de 2026 | |
| Composición | ||
| Miembros |
103 senadores (100 circunscripción nacional; 2 circunscripción especial; y 1 para la segunda votación presidencial más alta) | |
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| Grupos representados |
Oficialismo (50):
Independiente (23):
Oposición (28):
Pendiente (2):
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| Elecciones | ||
| Última elección | 8 de marzo de 2026 | |
| Próxima elección | 10 de marzo de 2030 | |
| Sitio web | ||
| www.senado.gov.co | ||
El Senado de la República es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia y una parte fundamental de la rama legislativa. El Senado de la República es un cuerpo colegiado de representación directa del pueblo y debe actuar consultando a la justicia y por el bien común.[1]
La composición y poderes del Senado se encuentran estipulados en el Título VI de la Constitución de Colombia de 1991[2] y en la Ley 5.ª de 1992.[3] Actualmente, el Senado de la República está integrado por 103 senadores: 100 son elegidos por voto popular en todo el territorio nacional; dos se eligen en representación de las comunidades indígenas, a través de una circunscripción especial nacional; y uno se asigna al segundo candidato con mayor votación en las elecciones presidenciales. A partir del periodo 2026 - 2030, se eliminaron las cinco curules pertenecientes al partido Comunes, antes partido FARC vigentes durante los periodos 2018 - 2022 y 2022 - 2026, en concordancia con el proceso de paz entre el gobierno colombiano y esa guerrilla. El Senado de la República elige a sus miembros en representación de toda la Nación.[4]
El Senado de la República de Colombia cumple con una función constituyente, una función legislativa, una función de protocolo, una función electoral, una función judicial, una función administrativa y de control político dentro de la rama legislativa.[5]
Funciones y atribuciones
[editar]Funciones
[editar]El Senado de Colombia, como parte del Congreso de la República de Colombia, dentro de las actividades propias de la rama legislativa del Poder Público debe de cumplir siete funciones principales:[3][5]
- Función constituyente. El Congreso está autorizado a reformar la Constitución mediante proyectos de acto legislativo.[3]
- Función legislativa. El Congreso está facultado para interpretar, reformar, elaborar y derogar los códigos y leyes en todas las ramas de la legislación.[3]
- Función electoral. El Senado debe elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y el procurador general de la Nación y junto a la Cámara de Representantes eligen al contralor general de la República, magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y Vicepresidente de la República, cuando exista falta absoluta.[5]
- Función de control político. El Congreso puede requerir y citar a los Ministros de Colombia y demás autoridades y hacer seguimiento a las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado a través de indagaciones y declaraciones, orales o escritas. Están autorizados a declarar moción de censura y moción de observaciones.
- Función judicial. El Senado puede adelantar juicio contra altos funcionarios del Estado, los magistrados de las Altas Cortes, el fiscal general de la Nación y el presidente de la República por responsabilidades políticas.[5]
- Función administrativa. El Congreso debe establecer la organización y funcionamiento del Senado y la Cámara de Representantes.[3]
- Función de protocolo. El Congreso está autorizado para recibir a jefes de Gobierno y de Estado de otros países. Además el presidente del Senado toma juramento.
Atribuciones
[editar]Por la Ley 5.ª de 1992,[6] al Senado no solo le compete tramitar leyes y ejercer control político sobre el ejecutivo, sino que cuenta con otras atribuciones especiales. Al Senado le corresponde:[7]
- Admitir o no la renuncia del Presidente de la República o del Vicepresidente.
- Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo o declarar incapacidad física permanente del presidente de la República
- Elegir los magistrados de la Corte Constitucional y el procurador general de la Nación.
- Aprobar o negar los ascensos militares.
- Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra Nación y permitir el tránsito de tropas extranjeras por territorio colombiano.
- Rendir opinión de prórroga para el segundo período del Estado en caso de conmoción interior.
- Conocer las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el presidente de la República, los magistrados de las Altas Cortes y el fiscal general de la Nación.
- Elegir los miembros de la Comisión de Administración del Senado.
Salario
[editar]De acuerdo con el Decreto n.º 1678 del 2 de agosto de 2013 y de conformidad con la certificación expedida por la Contraloría General de la República mediante Resolución Ordinaria n.º 031 del 28 de mayo de 2013 y modificada por la resolución n.º 065 del 11 de julio de 2013, la asignación salarial de un senador Colombiano es de COL$34.417.000.[8] Además de este salario base, los senadores también tienen beneficios como primas de salud, localización, vivienda y Navidad; además de tiquetes, plan de celular, vehículos, entre otros.[9] El salario asignado equivale a alrededor de 40,8 salarios mínimos de los colombianos con respecto al 2013.[10] En contraste, a un senador de un país desarrollado como Estados Unidos le es asignado un salario de aproximadamente 10,4 salarios mínimos de ese país.[11] También cabe resaltar que a los senadores colombianos se le asigna un salario equivalente a alrededor de 14 veces el PIB (PPA) per cápita colombiano, comparado con un equivalente de aproximadamente 3,3 en el caso de los senadores de EE. UU.
Estructura
[editar]Comisiones
[editar]El Senado, como parte del Congreso de la República de Colombia, se desenvuelve en las actividades plenarias, donde se aprueban, rechazan o modifican las iniciativas desarrolladas en comisiones especializadas. El Senado y la Cámara mantienen tres tipos de comisiones: Constitucionales permanentes, Legales y Accidentales.[12]
- Comisiones Constitucionales. El Senado se agrupa en siete comisiones constitucionales regidas por la Ley Quinta de 1992. Todo senador tiene la obligación de pertenecer a una y solo una de las Comisiones.[13]
| Comisión | Primera de Asuntos Constitucionales | Segunda de Relaciones Internacionales | Tercera de Hacienda y Crédito | Cuarta de Presupuesto | Quinta de Medio Ambiente | Sexta de Transporte y Comunicaciones | Séptima de Salud y Seguridad Social | Total |
| Miembros | 22[15] | 13[16] | 17[17] | 15[18] | 14[19] | 13[20] | 14[21] | 108 Senadores |
- Comisiones legales. Además de las comisiones permanentes, en el Congreso funcionan otras que desarrollan temas que le corresponde a la rama legislativa:[22]
- Comisión de Derechos Humanos y Audiencias integrada por 10 Senadores y 15 miembros de la cámara.
- Comisión de Ética y Estatuto del Congresista integrada por 11 Senadores y 17 miembros de la cámara.
- Comisión de Seguimiento y Vigilancia a los Organismos de Control integrada por 11 Senadores y 15 miembros de la cámara.
- Comisión Legal de Instrucción propia del Senado de la República y compuesta por 7 Senadores. Su responsabilidad es la de presentar informes motivados con los proyecto de resolución que deben adoptarse.
- Comisiones accidentales. El Senado, como la Cámara, pueden conformar comisiones adicionales para el cumplimiento de misiones específicas.[12]
- Comisión Accidental de Agua y Biodiversidad:[23] creada desde 2021 para la garantía del derecho al agua, la resolución pacífica de los conflictos socioambientales y la promoción de proyectos de ley estratégicos ambientales para el país. Actualmente su secretaria es Juanita Ariza Ginsberg.
Composición
[editar]Histórica
[editar]| Elección | Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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Actual
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Mesa directiva
[editar]La mesa directiva del Senado de la República de Colombia está conformada por un presidente y dos vicepresidentes, elegidos por la plenaria para un periodo de un año que siempre inicia el 20 de julio. Pese a que no es una norma oficial, es común que la mayoría del Senado ofrezca una vicepresidencia a los grupos minoritarios. A partir del 20 de julio de 2026, la mesa directiva está conformada por:
- Presidente del Senado: Honorio Henriquez (Centro Democrático).
- Primer Vicepresidente: Manuel Virgüez Piraquive (MIRA).
- Segundo Vicepresidente: Alejandro Ocampo (Pacto Histórico).
Véase también
[editar]Notas
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Palau, Ana María; et al. investigadores (2005). La democracia CV: conozcamos y evaluemos el Congreso de la República (1. edición). Bogotá, D.C., Colombia: Universidad de los Andes, Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Ciencia Política, Programa Congreso Visible. ISBN 9586950654.
- ↑ «Constitución política de Colombia 1991». Banco de la República de Colombia. 1991. Archivado desde el original el 14 de octubre de 2009. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- 1 2 3 4 5 «LEY 5 DE 1992 - Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes». Secretaría del Senado. 18 de junio de 1992. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- ↑ «Historia del Congreso de la República de Colombia». Congreso de la República de Colombia. 2010. Archivado desde el original el 8 de enero de 2011. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- 1 2 3 4 «Funciones del Congreso». Congreso Visible. 2010. Archivado desde el original el 17 de abril de 2011. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- ↑ «LEY 5 DE 1992 - Atribuciones Especiales del Senado». Secretaría del Senado. 18 de junio de 2010. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- ↑ «Disposiciones especiales del Senado de la República». Congreso de la República de Colombia. 18 de junio de 2010. Archivado desde el original el 8 de enero de 2011. Consultado el 12 de noviembre de 2010.
- ↑ «Cuánto gana hoy un congresista en Colombia». 18 de septiembre de 2013.
- ↑ «El salario de la indignación». 10 de octubre de 2013T05:40:00. Archivado desde el original el 22 de diciembre de 2013. Consultado el 21 de diciembre de 2013.
- ↑ «El salario mínimo quedó en $589.500 para 2013». 28 DICk 2012 - 9:02 PM.
- ↑ «Massachusetts Minimum Wage» (en inglés).
- 1 2 «Comisiones del Congreso». Congreso Visible. 2011. Consultado el 29 de enero de 2011.
- 1 2 «Comisiones Constitucionales». Congreso Visible. 2011. Archivado desde el original el 24 de junio de 2012. Consultado el 29 de enero de 2011.
- ↑ Periódico El Tiempo (19 de julio de 2006). «Comisiones Constitucionales del Congreso: qué hacen y como funcionan.». Consultado el 16 de marzo de 2018.
- ↑ Comisión Primera Constitucional Permanente
- ↑ «Comisión Segunda». www.senado.gov.co. Consultado el 11 de julio de 2025.
- ↑ Comisión Tercera
- ↑ «Comisión Cuarta». www.senado.gov.co. Consultado el 11 de julio de 2025.
- ↑ Comisión Quinta
- ↑ «Comisión Sexta». www.senado.gov.co. Consultado el 11 de julio de 2025.
- ↑ «Comisión Séptima». www.senado.gov.co. Consultado el 11 de julio de 2025.
- ↑ «Comisiones Legales». Congreso Visible. 2011. Consultado el 29 de enero de 2011.
- ↑ «Comisión Accidental de Agua y Biodiversidad - Página Web Oficial».
- ↑ Elecciones y reforma política en Colombia: 1991-1991
- 1 2 Colombia: 1970-1998 Legislative Elections
- ↑ Colombia: 2002 Legislative Elections
- ↑ Elecciones Legislativas 2006
- ↑ República de Colombia Poder Legislativo
- ↑ Resultados Electorales Congreso 2014
- ↑ Resultados Congreso 2018
- ↑ Resultados Congreso 2022