Buscar este blog

jueves, 29 de octubre de 2026

REGIMEN-GOBIERNO, CAPITALIDAD Y TÍTULO DE CIUDAD EN EL DICCIONARIO DE HERVÁS Y BUENDÍA

 

Vista de Ciudad Real en 1952


REGIMEN Y GOBIERNO

El régimen y gobierno de Villa Real se confió a su Concejo, compuesto como los demás de Castilla de sus alcaldes, regidores, elegidos por el pueblo, y demás oficiales de justicia o cargos concejiles, designados por el Ayuntamiento. No podía ser regidor ningún converso, ni caballero o comendador de la Orden de Calatrava y en el siglo XVI se declara ser todos de limpia generación, lo que da a entender, hallarse establecida la Limpieza de sangre. A la creación de los Regimientos perpetuos adquiridos a título oneroso y con opción al salario de mil maravedís anuales llegó a juntar este Ayuntamiento diez y ocho, lo que unido a los otros gastos, constituía para la hacienda municipal una carga insoportable.(1) Varias veces decretaron los Reyes su extinción, especialmente en el siglo XVII, cuando la expulsión de los moriscos junto con las epidemias y calamidades públicas redujeron tanto y empobrecieron a esta ciudad; pero unas veces ellos mismos la quebrantaban y las más, como la supresión había de ser por muerte, eludían la Ley, renunciando en favor de sus deudos, haciendo así inútil disposición tan provechosa. Dificultaban también la marcha administrativa del concejo, dejando de asistir a las sesiones, por lo que, se acordó la paga del salario con exacta relación a las sesiones que asistían.

Los alcaldes vieron mermadas sus atribuciones por los Corregidores, que nombró aquí la Corona desde el siglo XIV, cuyo sueldo varió desde 24.000 maravedís, que les asignó Enrique III. El Corregidor tomaba también el nombre de Juez de residencia, presidiendo por aquel concepto las sesiones del Concejo, y por éste, juzgaba en 1ª Instancia de los negocios civiles y criminales, nombrado los alguaciles y demás ministros de justicia. Después se creó la Alcaldía mayor, en quien delegaba las funciones judiciales. En los primeros años del siglo XIX vemos reconcentrados en una persona los cargos de Jefe político, Corregidor y Alcalde Mayor con el sueldo de 36.000 reales y de 3.650 su secretario.

CAPITALIDAD

“Don Carlos…Visto por los de nuestro Consejo de Hazda. En sala de millones por decreto de veynteydos de este presente mes de febrero -1679- mandaron despachar una Provisión en declaración de ser Caveza de Tesorería de Millones del Campo de Calatrava la dha Ciudad de Ciudad-Real.” Preparó esta providencia el terreno para ser elegida capital, al crearse por los años 1691 la Provincia de La Mancha, bajo la presidencia de un Intendente, que asumió por el pronto el corregimiento y había de prestar fianzas, al tomar posesión de su cargo. A principios del siglo XIX gozaba de la renta de 40.000 reales, y el Ayuntamiento le dio en todo tiempo casa. La secretaría estaba dotada con 1.830 reales.


Vista de Ciudad Real en 1952


En 14 de mayo de 1740 se concedió a Ciudad-Real la Administración General de la Renta de Tabaco; pero nombrado ministro de Fernando VI el Conde de Valdeparaiso, interesado por la prosperidad de Almagro, logró la traslación de la Capitalidad a esta villa en 1750. Ciudad-Real no cejó ni un solo momento en sus instancias por recobrarla, no lográndolo hasta la muerte del Rey y elevación de Carlos III al Trono de España, el que en su Cédula dada en el Pardo a veinte y ocho de Febrero de 1761, dice: “Visto lo informado por el Consejo de Hacienda. Sala de Millones y lo representado en contra por Almagro vine en que se pasase a Ciudad-Real la Intendencia con las oficinas correspondientes de Rentas desde primero de Enero de este presente año, agregándose al Intendente el corregimiento, y nombrado Gobernador para Almagro.” En el aciago periodo de la guerra de los franceses fijaron aquí la capital de la Prefectura de La Mancha, aunque el Prefecto residió ordinariamente en Manzanares. También la Junta Suprema de Guerra(2) tuvo aquí su asiento, y a cuantas gestiones hacía Almagro para reclamar esta categoría, respondía el Ayuntamiento de Ciudad-real con sus contraexposiciones, hojas impresas y todos los medios de propaganda, que estaban a su alcance para sostenerla.

TÍTULO DE CIUDAD

El Infante D. Enrique logró apoderarse del joven D. Juan II, desde Olmedo lo trasladó a Ávila, y desde aquí a Talavera. El Rey mostraba no hacer caso de la injuria, deleitándose sólo en cazar. Con esta calor, dice el P. Mariana, alió del lugar a 29 de Noviembre 1420 y se fue a Montalván, que es un castillo puesto y asentado en un ribazo de tierra casi en medio de Talavera y Toledo a la ribera del río Tajo, de campos fértiles y abundantes. Persuadióle que huyese e hizole compañía D. Alvaro de Luna, que ya por este tiempo estaba apoderado del Rei: otro género de prisión no menos menguada y perjudicial. Llevó mal esto el infante D. Enrique… juntadas arrebatadamente sus gentes, puso cerco a Montalván, bien que no le combatió por tener en este respeto al Rey que dentro se hallaba. Concurrían los grandes para vengar este nuevo desacato… En el entretanto comenzó a sentirse falta de mantenimiento en el castillo, tanto que se sustentaban de los jumentos y caballos y otros manjares sucios y profanos. Al fin por mandado del rey, aunque cercado, y por miedo de los que a su defensa acudieron, a los diez de diciembre se alzó el cerco(3) Los historiadores de Ciudad Real aseguran, que entra las milicias que acudieron en ayuda del rey fue la de esta ciudad por lo que, recibió el título de MUY NOBLE Y MUY LEAL CIUDAD DE CIUDAD REAL, porque “los de Villareal suplicaron al Rey que les hiciese Cibdad, e al Rey plugo dello, e mandó que dende en adelante se llamase Cibdad Real”, dice la Crónica de D. Juan II publicada por el Dr. Lorenzo Galíndez de Carvajal. Así el célebre autor del Centón Epistolario toma el sobrenombre de Bachiller de Cibdad Real y así lo llaman los Reyes en sus diplomas. 

(1) Por concesión de los Reyes Católicos los regidores tenían opción a la 3ª parte de las penas por transgresión de las Ordenanzas.

(2) Véase la historia de esta Junta en los Apénd. Núm. 2.

(3) Libro Vigésimo-Cap. XII-


miércoles, 28 de octubre de 2026

JUDÍOS DE CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO DE HERVÁS Y BUENDÍA

 

Inicio de la calle Libertad en los años ochenta del pasado siglo


Sabido es la gran parte que tomaron los Judíos en la conquista y dominación de España por los musulmanes. Al establecimiento de los Real Omeyyas y constitución del Califato de Córdoba, nos dice El Kartas, que con las ocho mil familias sarracenas que cruzaron el Estrecho para establecerse en Andalucía, lo hicieron también gran número de Judíos, que se derramaron por España. Dados a la industria y al comercio, y no extraños a las ciencias y a las letras eran bien recibidos por los Amires y por los pueblos.

San Fernando no desoyó a los Judíos. Mientras llegaba el momento de tenerlos presentes para galardonar sus servicios en las grandes conquistas, a que tuvo la gloria de dar cima, ya al confirmar los fueros de Zorita-1218- ya al autorizar la Concordia celebrada por el Arzobispo de Toledo D. Rodrigo con los mismos hebreos-1219-ora al ratificar los privilegios de los moradores de Calatrava-1220- hizo conocer el hijo de Dª. Berenguela, que no menospreciaba aquel linaje de vasallos tan útiles al Estado.

D. Alfonso X que dio a Villa real el Fuero de Cuenca, dado por su abuelo Alfonso VIII a esta ciudad, que teniendo por dechado al de Teruel a su vez, había de servir de norma y modelo a las Cartas pueblas, que habían de dar sus sucesores, juntamente con los Maestres de las Ordenes Militares, decía: quicumque venerit populare, cujuscumque sit conditionis, id est, sive christianus sive maurus sive judeus… veniat secure. Vedada el mismo al Judío toda potestad criminal sobre los cristianos prohibiéndoles al par ser portazgueros y merinos; renovaba la ley del apartamiento doméstico, de antiguo establecido por leyes eclesiásticas y municipales; concedía a hebreos y cristianos igualdad absoluta en toda compra y venta; señalaba a uno y otro pueblo los que habían de concurrir al baño y mandaba, que los pleitos mixtos se sentenciaran por dos alcaldes, uno cristiano y otro judío a la puerta de la alcaicería. Por estos y otros privilegios que fueron obteniendo llegaron pronto a ponerse al nivel de los cristianos, sin que se les coartase el derecho de poseer siervos con tal que no fueran bautizados.

Constituía cada Judería bajo el nombre de aljama un verdadero con adelantados y cabezas de familia. Era de su competencia todos los asuntos privativos del orden interior del municipio, tenía a su cargo la repartición y cobro de todos los impuestos por medio de sus cogedores especiales, y llevaba cerca del Gobierno real la representación activa de aquella comunidad por medio de sus personeros, apoderados. Al lado del Concejo tenían también su tribunal especial para juzgar las causas. Un juez y Rabba mayor, elegido por toda la aljama, en uso de los privilegios otorgados por los reyes, ejercía la triple jurisdicción civil, criminal y religiosa, sometiéndose a su autoridad los jueces menores, dayanes, como se sometían también los sacerdotes cohenim. Sólo no podían condenar a la última pena.(1) El tribunal se constituía a la puerta de la Sinagoga. Esta última completaba su organización. En ella existía la Escuela talmúdico. Los rabbies o rabinos cuidaban de la enseñanza bajo la autoridad del Rabb Mayor, y los cohenim o sacerdotes del culto.


Ciudad Real tiene un pasaje dedicado a San Vicente Ferrer


En el Repartimiento de Huete-Era 1328- Año 1290- abonaba Villa-rreal por el impuesto de Capitación 26.486 maravedís correspondientes a las 588 cabezas de familia, que constituían su aljama. Además de este tributo pagaban a la Corona, como tales vasallos de excepción, los diezmos hipotecarios de inquilinato y del comercio, las tercias, los donativos, la mañería o luctuosa, los servicios ordinarios y extraordinarios y las alcabalas; contribuyendo de consumo a engrosar las rentas reales con el arrendamiento de las Alcaicerías y tafurerías.(2)

Había, es cierto, entre los Judíos notables artífices de todos los oficios a los cuales la industria de Villa Real debió su aumento y la prosperidad notable que alcanzó, especialmente en el tejido de lanas, que compitieron con los mejores de Europa; pero indudablemente, su principal oficio y ocupación, merced a la cual, reunieron grandes fortunas, logrando gran poder e influencia en el gobierno de los pueblos y de la nación, fue la de prestamistas, cobradores y arrendadores de los tributos. Su codicia se hizo manifiesta bien pronto en esta ciudad, en cuanto que, vemos a D. Sancho ordenar a este concejo no les permitiera llevaran a sus vecinos más del tres por ciento, renovando además lo dispuesto por su padre, de no series permitido el adquirir propiedad en su término. (3)

Pero una y otra ocupación llevan siempre aneja la odiosidad del pueblo, que nunca deja ver en los que la ejercitan a sus más crueles tiranos; así, no es de extrañar, que los vecinos de Villa Real, en armonía con todos los castellanos, vieran con malos ojos a esta raza, no tardando en manifestar públicamente su enemistad contra ella por alguna agresión, lo dice claramente, el que Dª. María de Molina se vio obligada a severamente apercibirles, de que guardaran a los Judíos las consideraciones acordadas y establecidas en las Ordenanzas-1298-Pero como la causa del mal, que era las demasías y rigor con que ellos hacían efectivos sus créditos, no cesaba, tampoco desaparecía el odio y aversión de que eran objeto. Las Cortes de Toro-1371-genuina expresión del estado de efervescencia de las villas y ciudades de Castilla y las leyes y disposiciones de D. Enrique y de su hijo D. Juan I encaminadas unas a moderar y a veces refrenar los instintos y deseos de toda Castilla, que no eran otros, sino la destrucción completa de la raza proscripta, dirigidas otras a fomentar aquellos anhelos, demuestran toda la intensidad de aquel fuego de muerte y exterminio.

La ciudad de Sevilla dio la señal de aquella sangrienta orgía, que había de costar la vida a más de 4.000 Judíos el miércoles de Ceniza, 15 de Marzo de 1391. Sin terminar el mes el contagio se propagó a Córdoba y Jaén, y pasando el huracán las gargantas del Muradal descargo con no menos furia en Villa Real.(4) En tan sangriento espectáculo apareció la noble y simpática figura del dominico Fr. Vicente Ferrer, llevando el bálsamo consolador de la Fe, allí donde más crueles y sangrientos habían sido los estragos del populacho.


Balcón de hierro desde donde predicó San Vicente Ferrer en la calle de la Mata en el siglo XV y que actualmente se encuentra en la finca de Torrecilla

 

Hallábase el infatigable apóstol en valencia, después de haber recorrido todo Aragón, cuando fue solicitado por la Reina Dª. Catalina a hacer otra expedición a Castilla. Por Noviembre de 1410 salió Fr. Vicente de su ciudad natal, por el valle de Albaída, Alicante, Elche y Orihuela, entrose en Murcia, donde permaneció hasta Abril de 1411. Tomando el camino por Albacete y Chinchilla llegó a Alcaraz el 3 de mayo; detuviéronle las pertinaces cuartanas que padecía, llegando al fin a esta ciudad el 14 de Junio. El 30 del mismo entraba en Toledo precedido aquí como en todas partes de devota muchedumbre, ávida siempre de ser testigo de sus grandes hechos y de escuchar sus ardorosa palabra. Ni el autorizado historiador a quien seguimos, ni sus diligentes biógrafos (5) nos dan cuenta del fruto, que su predicación alcanzara en esta ciudad. Extinguida ya la pujante y rica aljama de Villa Real, posesionados los hermanos en religión de S. Vicente de su Sinagoga, su amplitud y majestad prestaríale lugar acomodado para predicar a los conversos tanto moros como judíos, aquí muy numerosos y potentes.

En Toledo se inició la demanda de despojar a los conversos de todo cargo u oficio público, civil o eclesiástico, lo que imitó Ciudad-Real pidiendo a Enrique IV decretara su incompatibilidad para los oficios concejiles, lo que el Rey de Castilla se apresuró a concederles, poniendo en vigor en esta ciudad la Sentencia o Estatuto dado a Toledo.(6)

A aumentar los odios y exacerbar las iras del vecindario vino la asonada no menos cruel sangrienta que provocaron los conversos en 1448. Eran éstos, como dejamos dicho, numerosos en esta ciudad; incapacitados por sus fueros de ejercer en ella todo cargo concejil y público, mirados con prevención por aquellos cuya religión habían desertado, por los cristianos, por  su origen y por las miras tal vez no muy puras de su conversión, formaban una sociedad aparte en situación violenta e irritante. En este estado sólo una chispa sería bastante a producir un gran incendio; así, al primer grito de alarma, que diera uno de ellos, se armaron trescientos hombres, amenazando de muerte a los cristianos viejos y obligando a los alcaldes a huir para salvar sus vidas. El comendador de Almagro, que huía también ante el peligro, pagó con la vida, y al clavero de la Orden costóle no poco trabajo el librarse de no caer en sus manos. Tres días de torturas pasó la ciudad bajo el dominio de aquellos sicarios, temiendo a cada instante cada uno de sus vecinos ser víctima de su crueldad, hasta que, puestos de acuerdo los comendadores y dignidades de la Orden de Calatrava, con gente de guerra vinieron a esta ciudad, acometieron a los rebeldes, logrando hacer prisioneros a sus jefes, los que tras breve sumario pagaron en la picota su delito. D. Juan II ordenó hacer minuciosa y detenida información de aquellos sucesos, considerando después como justos los castigos ejecutados.


(1) Historia de los judíos-D. J. Amador de los Ríos-T. 1º pág. 289-

(2) Id. Id. Tom. 2º pág. 67.

(3) Juan Gutiérrez de Ciudad-real, arrendador y recabdador mayor y de la renta del diezmo y medio de los moriscos del Arzobispado de Sevilla y Obispado de Córdova e Jaén e Cartajena e Cádiz y reino de Murcia-1453- García Sánchez de Ciudad-real, arrendador de la cuarta parte de la renta de los diezmos de los puertos de la mar, de Castilla-1458-Archivo de Simancas-Catálogo-núm.º 133-149-

(4) Amador de los Ríos-Obra cit-Tom. 3º Apend-pág.-648-

(5) F. Serafín Tomás Miguel en su curiosa Historia de S. Vicente Ferrer ilustrada por Fr. Francisco Vidal y Micó.

(6) D. Enrique… Por quanto la muy noble y muy leal ciudad de  Ciudad-Real…me embia a suplicar que oviesse por bien que les hiciesse merced que de aquí adelante en la dicha ciudad ningún confesso no pudiesse tener ni tenga ningún oficio así de alcaldía como Alguaciladgo como de regimiento y fieldad ni otro oficio alguno que toque al rregimiento de la dicha ciudad. E por les fazer merced aun porque entiendo que cumple así a mi servicio e a el bien, e por el sosiego de la dicha ciudad es mi merced e mando que de aquí adelante como dicho es ningún comfesso pueda haber ni tener ni aya ni tenga oficio alguno de los susodichos.-Madrid 14 días del mes de Febrero de 1468.-jurado fol. 70 vuelto.


martes, 27 de octubre de 2026

LA MORERÍA DE CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO DE HERVÁS Y BUENDÍA

 

Imagen de antiguos patios de la calle Morería. Fotografía Iferga


El Rey Sabio con tanto empeño había acometido la fundación y población de Villarreal no podía dejar en olvido el elemento musulmán, tan numeroso y potente en Castilla, cuyo estado social se iba afianzando merced a leyes protectoras, regulando las relaciones entre vencedores y vencidos. Así, hallándose en Valencia en el mes de Setiembre de 1279 hace un llamamiento al pueblo musulmán, y muy especialmente a los fronterizos de Castilla y Biar, para que vengan a establecerse en la nueva Villa, ofreciéndoles casas y heredades y afianzándoles la posesión quieta y pacífica de cuantos bienes poseyesen(1) Constituida la sociedad mudéjar en el seno de la monarquía castellana desde los tiempos anteriores, en la época de Alfonso X estaba ya dotada de organización uniforme; este estado no permanece invariable hasta su expulsión, sino que, en el largo espacio que corre desde las Capitulaciones de Toledo y ordenanzas del rey Sabio y su lanzamiento al otro lado del Estrecho, se modifica grandemente, ora enriqueciéndola y ensanchándola, ora perfeccionándola en sus términos y más pequeños accidentes. Las necesidades diarias, los azares de la guerra, las opiniones diversas de los gobernantes influyeron en los cambios de la legislación. No nos incumbe a nosotros el dar cuenta de estos cambios, únicamente el hacer mención de las condiciones generales en que vivió entre nosotros el pueblo musulmán.

Por lo común se había impuesto a todos los sarracenos del territorio de Castilla la capitación y el azaque,(2) cuyos productos percibían y entregaban los viejos de las aljamas sin intervención de recaudadores ni otros oficiales cristianos; siendo también gobernados por sus jueces y leyes propias. Las medidas adoptadas desde el tiempo de Alfonso X, al efecto de establecer su separación en los pueblos, eranies provechosas, puesto que, mantenían su independencia económica y religiosa: “E el Alguacil Abengalib…. Pidióme merced que e atase alguna carrera porque los moros fueran más guardados, e que no hubiese entre ellos y los christianos desamor o contienda ninguna.” (3) Algunos concilios y monarcas habían insistido en diferenciar el vestido entre el común del pueblo cristiano, árabes y judíos, pero estas disposiciones, como otras privativas referentes a oficios y empleos públicos, parece no tuvieron un exacto cumplimiento, en cuanto que, los Reyes Católicos inspiraron su política en la del conquistador de Toledo, Alfonso VI, dirigido principalmente a ganar sus corazones por la suavidad y la templanza; pueden verse en los Apéndices, que inserta D. Florencio Janer, como para su conversión y mejoramiento de costumbres, en extremo corrompidas, diputaron los Reyes a los varones más célebres en santidad y ciencia en su tiempo.(4)


Imagen de antiguos patios de la calle Morería. Fotografía Iferga


La guerra de Granada primero, y la de las Alpujarras después, determinaron a muchos de los moriscos a internarse en Castilla; más tarde se les obligó a los del reino de Granada a internarse en la Mancha-Noviembre 1570-“que ha sido de las señaladas cosas que se han executado en nuestros tiempos, y de mayor beneficio para toda España.”(5)

En el primer censo de población morisca que publica dicho autor resulta, que, el Barrio de Morería de esta ciudad lo componían 512 casas; aunque no se ha hallado aún documento que determine el sitio de este barrio, una tradición constante la señala al Occidente de la Catedral hasta la muralla. El censo que se hizo en toda la nación de los que fueron expulsados, nos dice lo fueron de Ciudad Real 316 familias y 1.580 individuos.(6). La disminución o baja del censo anterior, obedecería a la conversión de los restantes, pues, ya hemos de ver por los disturbios que provocaron, ser éstos en número considerable en esta ciudad.(7)


(1) Fidelibus suis universis sarracenis la frontaria de Castilla et de Biar constutis, ad quos presens litera pervenerit, salutem et gratiam. Significamus vobis, quod si venire volucritis ad populandum apud Villam Regalem… placebit nobis, et ibiden, de domibus et hereditatibus, que ibi vacant, vobia dare facienus: nos enim vos ad dictam Villam veniendo, asecuramus cum ómnibus bonis vestria-Bofaruil-Colección de Docum. Inéditos-T. VIII -pág 151- Fernández y Gonzñalez-Mudejares de Castilla- p. 366.

Mudejar-Mahometano, que sin variar de religión se constituía en vasallo de los Reyes cristianos, por vivir en sus dominios.

(2) Azaque-Tributo que los muslimes están obligados a pagar de sus bienes y consagrar a Dios-Dicción. De la Acad.

(3) Mudejares-Obra cit. Pág. 359.

(4) Condición social de los Moriscos de España.

(5) Jerómino de Zurita cit. Por D. F. Janer, pág. 245.

(6) El Ayuntamiento dice haber salido de esta ciudad en número de 5.000-Lib. cap. nº 13-

(7) Yaner-Ob. Cit.-pág.-347-

 

lunes, 26 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (VI Y ÚLTIMO)

 

 
El antiguo jardín del instituto a principios del siglo XX


“En tal estado, y una vez nombraron Corregidor al abogado D. Alfonso Pastor, individuos de la Junta de gobierno a los Curas de las tres Parroquias, al beneficiado D. Esteban Sánchez, al Prior de Santo Domingo, a los abogados D. Raimundo Qyurós y D. Antonio Buro, a D. Manuel García y D. Ángel Enríquez; por alguaciles mayores a D. ventura Carrión y D. José Rarrasa y por Fiel de Fechos a D. Vicente Salcedo. En  seguida se decretó un segundo cabildo, y en él, el nuevo Corregidor enteró a todos de lo ejecutado y en este acto todos mostraron el mayor entusiasmo y patriotismo y particularmente el teniente de la parroquia de Santiago D. esteban Sánchez León, que fue el que salió a hablar con el Comandante. Se acordó aumentar el número de vocales y fueron nombrados los presbíteros D. Juan Sobrino, D. Juan Palacios y D. José Savariegos y por Procurador del Común a D. Juan de Plaza”.

“En este estado, la Junta Popular, persuadida, de que será cruel, que vuelvan a la ciudad los que abandonaron sus cargos y deber, cuando más se necesitaba, pide a S. M. haga la declaración conveniente, de que merecieron bien de la patria, los que aceptaron el cargo de gobernar al pueblo en tan críticas circunstancias” (1) Siguen dos R.O. remitiendo el Extracto anterior a la Secretaria de Gracia y Justicia y dando de ella conocimiento a la Junta de Ciudad-Real sobre la creación de la Popular”(2).

La decisión oficial no consta, pero los hechos vinieron prontamente a demostrar, que la petición de la Junta Popular había sido desatendida, en cuanto que, al regreso del regidor perpetuo más antiguo D. José Torres tomó el nombre de Corregidor; ingresando los demás, a medida que regresaban de su voluntario destierro. Repetidas veces ofreció el jefe militar la seguridad en sus bienes y personas e invitó al regreso a sus hogares bajo las penas de confiscación de sus bienes, especialmente al comercio, pero con muy escaso resultado. Además, hizo nombrar una comisión nutrida de los tres estados, llano, nobleza y clero bajo la presidencia del Párroco de San Pedro, para ir a Madrid a prestar el juramento de fidelidad a José Bonaparte, la que eludió el compromiso, por lo que el General en Jefe, la acriminó de sospechosa. La jura general se hizo en la iglesia de Santa María del Prado.

Para la organización administrativa se constituyó la Provincia de La Mancha con su capital en Ciudad-real a cargo de un Intendente, siendo nombrado el abogado D. Ignacio Pérez, reemplazado al poco tiempo por don Florentino Saráchaga e Izquierdo -3 de Mayo.- Intentó éste, la formación de un cuerpo de policía de 50 hombres, para seguridad de la ciudad, pero sin resultado. También se constituyó el Partido de Ciudad-Real, bajo la presidencia del Corregidor, compuesto de los pueblos Fernancaballero, Malagón, Fuente el Fresno, Villarrubia, Porzuna, Picón y Villar del Pozo.


Vista de Ciudad Real en 1952


La demanda constante de dinero y efectos para el sostenimiento del Cuerpo de Ejército y de la guarnición con los atropellos y violencias consiguientes para sus exacción y conducción, hacían llover sobre el vecindario calamidades sin cuento. Al agotarse las existencias del país aquéllas arreciaron. El General en Jefe dio un decreto sobre la salvaguardia y custodia del soldado francés, corriendo a cargo de los pueblos y haciendo a éstos responsables de las muertes, que en su término ocurrían. La muerte de uno en la Fuente, hízola víctima de atroz castigo, el cual, aunque no especifica, consistiría en el saqueo e incendio de sus casas, que eran las penas marcadas en la circular. Daimiel y Ciudad-real viéronse libres de los tropas francesas el día 9 de Mayo, hallándose el General en jefe con el Cuartel general dos días después -el 11- en Solana.

En la GUERRA CIVIL que le siguió no sólo mantiene Ciudad-Real los fuertes levantados en el período de la de la Independencia, sino que gasta sumas respetables en la reedificación de las murallas, reconstruye los rastrillos o puertas levadizas de las Puertas, fortifica las torres de Santa María y de San Pedro, estableciendo en ella guardia permanente, amplía y arma con dos cañones el fuerte de Hospicio o Cuartel de la Misericordia y manda asimismo cantidades a los pueblos de Ballesteros, Fuente el Fresno, etc., para la reparación de sus fortificaciones. Dos compañías, una de milicianos y otra de tropa de línea constituyeron de ordinario su guarnición. La facción dominaba libremente en el campo. En la noche del siete de Agosto de 1837 los partidarios de D. Carlos aportillaron el tambor número 14, llevándose varios caballos de la guarnición y el 27 de mayo del año siguiente Palillos se presentó delante de sus murallas con sus fuerzas, intentando su paso sin resultado alguno, por lo que se retiró a Miguelturra sin más pérdida, que la de algún trabajador del pueblo, a los que obligó a trabajar en el derribo de la murallas.

En primero de Septiembre de este mismo año D. Ramón María Narvaez, General en Jefe del Ejército de Reserva, llegó a esta ciudad. Se organizaron grandes festejos, pólvora, iluminaciones, regocijos populares; habilitándose el convento de la Merced para dar en su obsequio un refresco, baile y recepción oficial. Entre varios justificantes de los gastos hechos con tal motivo hallamos el siguiente: “De palos y vanquetas que se han colocado a la dha de la Puerta de Granada para asentar los reos que han de fusilar”, lo firma el carpintero Antonio Delgado. Las grandes fiestas fueron indudablemente empañadas por esta nota triste. El historiador D. Antonio Pirala, que halló tan fácil como justificación mentida a los fusilamientos de la Calzada, porque ocasión se le presentaba de injuriar la buena y respetable memoria de un santo Sacerdote, dice por toda noticia y explicación de estos tristes acontecimientos: “Pacificado el campo de Calatrava por los ejemplares y prontos castigos verificados en carlistas y encubridores de ellos, empleándose no poco rigor y prescindiendo muchas veces de las fórmulas legales”.(2)

 

(1) Docum. 218-Sevilla-23-Sept.-1809-

(2) historia de la Guerra Civil -To. 3º -pág.112.


domingo, 25 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (V)

 



La incorporación de los Maestrazgos de las Ordenes Militares a la corona cortó en su raíz la ocasión para estas violentas escenas teñidas en sangre, pero dejó aún por largo tiempo expedito y libre el camino al expediente y litigio, porque a más del espíritu de la época muy afecta a las batallas curiales, la Orden seguía aún animando con sus tendencias guerreras al Consejo y a los comendadores, señores territoriales de los pueblos del Campo de Calatrava. La lucha no manaba ya sangre, pero sí causaba la ruina y empobrecimiento de los concejos, obligados a consumir todos sus recursos en las Audiencias.

La sentencia de Alfonso XI, que incapacitaba a las personas y vasallos de la Orden para tener heredades y casas en Villa Real, confirmada por los Capítulos Generales, prohibiendo éstos además a los caballeros y comendadores la residencia en esta ciudad, puestas también estas disposiciones en vigor por los Reyes Católicos, para impedir todo motivo, que diera ocasión a renovar sus perpetuas discordias, no fueron bastantes fuertes para ser obedecidas. Los caballeros siguieron viviendo en Villa Real varios siglos antes de que el Capitulo General de 1747 se lo consintiera y el comprar haciendas; aquí tenían sus casas y algunas propiedades; el Maestre poseía el Almojaraifazgo o Alcaicería desde 1434 por permuta que hizo con D. Alvaro de Luna, al que fuera concedido por D. Juan II, las monjas de la Orden, de Almagro, el Mesón de Caballeros y el comendador de Las Casas y Fuente el Moral cobraba un cornado por cada panilla de aceite, que se vendía al por menor fuera de los días de mercado franco.

A pesar de la proximidad de Toledo, LAS COMUNIDADES que perturbaron tan hondamente a Castilla, sólo provocaron en esta ciudad un leve tumulto. Refiere Díaz Jurado, que las noticias que a ella llegaban diariamente del foco de la rebelión, juntamente con las excitaciones a tomar en ella parte y las peticiones constantes de fuerzas y recursos, hizo impresión en la gente levantisca sólo, pues la parte noble e hidalga, permaneció fiel al Rey. A los primeros chispazos el corregidor abandonó su cargo, dando esto incremento al tumulto. Un caballero, que al ver la actitud levantisca de los muchos corrillos formados en la Plaza grito ¡Viva Dios y el Emperador Nuestro Señor! Hubo de refugiarse en la iglesia de San Pedro para salvar su vida. Llamábase D. Sancho de Mora. Esto hizo que caballeros e hijosdalgo se unieran, y su actitud decidida fue bastante a calmar la revuelta.(1)

Tampoco el intento de Felipe IV de enagenar esta ciudad al Duque de Aveiro causó sino una pasajera alarma, porque apercibido el Ayuntamiento nombró una Comisión de su seno bajo la presidencia en la Corte hizo desistir de su propósito al Monarca.




Desde las luchas con la Orden de Calatrava, Ciudad-Real gozó de los beneficios de una larga paz hasta la INVANSIÓN FRANCESA. Nombró esta ciudad, como todas las de España, su Junta de Defensa, la que presidida por el Intendente asumía las atribuciones todas del gobierno y administración de la Provincia. En los primeros días del año 1809 el Conde de Cartaojal sucedía al Duque del Infantado en el mando del Ejército del Centro, el que situado en Sierra Morena tomó el nombre de la Mancha y reunió en Carolina 16.000 infantes y más de 1.000 caballos. De acuerdo con Cuesta, que operaba en Extremadura y para descargarle de las fuerzas enemigas, que le asediaban, el Duque de Alburquerque salió con 9.000 infantes, 2.000 caballos y 10 piezas de artillería y por esta ciudad se dirigió a Mora, donde puso en fuga a un destacamento de dragones. Los franceses principiaron a reunir sus fuerzas, y Alburquerque se replegó por Consuegra a Manzanares. Después Cartaojal se situó en esta ciudad, donde no tardó en ponerse también aquí en lucha con la Junta. Determinó continuar la diversión hacia Toledo iniciada por Alburquerque y el 24 de Febrero se dirigió a Las Guadalerzas. El brigadier D. Juan Bernuy, que mandaba la vanguardia, atacó a Yebenes, retirándose el destacamento de polacos que la guarnecía a Orgaz, saliéndole al encuentro el vizconde de Zolina con sus ginetes, acuchillándolos. El Mariscal Jourdan se le vino encima y Cartaojal opinó por esquivar el encuentro, tomó el camino de la Venta de Juan de Dios y Malagón perseguido por 6.000 infantes y 1.500 caballos franceses, cruzó el Guadiana por los puentes el Emperador y Nolaya. Creyéndose seguro en Ciudad-Real, se desprendió de dos divisiones, que mandó a Daimiel y Manzanares y la artillería a Miguelturra. Otras fuerzas tenía entre Valdepeñas y santa Cruz. Mas el día 26 pasaron el Guadiana unos 1.000 ginetes con cuatro piezas de artillería, dirigiéndose a la Puerta de Toledo. Cartaojal logró rechazar al enemigo, hacerle repasar el Guadiana, pero no despojarle del puente. Tranquilo estaba en su posición, pero los franceses al día siguiente volvieron sobre sus pasos, arrollando a la infantería española. El conde, viendo la inutilidad de la resistencia, ordenó la retirada al Moral. Esta se hizo con orden, gracias a la caballería destacada en Miguelturra, que luchó con gran firmeza. Así continuaron hasta Valdepeñas. Esto no puede llamarse batalla, sino sorpresa, que debió preverse, pero nada más.(2)

Las tropas francesas fueron destinadas unas a sus antiguos acantonamientos, otras  a ocupar otros nuevos, pagando los pueblos con el saqueo, el incendio y todo género de desmanes las consecuencias de la derrota. El Regimiento de Húsares de Holanda hizo su entrada en Ciudad-real sin oposición alguna, tomando su jefe el título de Comandante de esta Plaza-27-Marzo-1809-El vecindario huyó casi todo; la Junta, el Ayuntamiento, el intendente, el corregidor, los oficiales de todas las oficinas públicas, todos huyeron, tomando la dirección de los Montes, confesando después las autoridades interinas, que la dispersión y despoblación fue tan grande y general, que las casas principales, edificios públicos, el comercio, todo estaba cerrado y calles enteras sin vecinos.



Los que quedaron conmoviéronse de tal abandono y temieron se repitieran los excesos y desmanas a que se entregó el populacho a la sola noticia de la aproximación de los franceses(3) y se organizó pata la defensa, nombrando una Junta popular, que se encargara del gobierno de la ciudad. En el Archivo Histórico Nacional existe un Extracto hecho de la Junta Central de una Exposición de la Junta Popular de Ciudad-Real de 1809 que pinta bien la situación, diciendo “Que abandonado el gobierno de la ciudad por los Jefes y Autoridades, desde que se acercaron la primera vez las tropas francesas, quedaron todos los ramos en verdadera disolución y la vuelta de algunos solo sirvió de compromiso. Que es maravilla que el pueblo haya podido conservarse en el buen estado que tiene desde los sucesos militares de 26 y 27 de Marzo sobre el Guadiana. No ignora la Junta Popular, que en ciertos momentos puede convenir la fuga, pero es muy extraño, cuando nada debía temerse, como sucedió el 18 de Agosto anterior, en que a la voz de que se acercaban los enemigos huyeron los más. A las dos de la tarde llegó una avanzada francesa de 40 soldados y un Comandante, que entró con 10 de ellos y no encontró autoridad a quien dirigirse por haberse fugado el Corregidor, Alcalde mayor, Regidores, Síndico y Alguaciles: algunos vecinos, viendo el riesgo de la anarquía, compusieron con el Comandante, que no se hiciese daño al vecindario, dándole para ello jamones, vino, pan y cebada”.


(1) Como consecuencia inmediata de la Guerra la escasez y carestía de los artículos de primera necesidad, especialmente del pan, se hizo sentir con gran fuerza en los pueblos y villas de la Orden de Calatrava, de la Mancha y Andalucía; para tratar de su remedio escribió D. Diego López de Padilla al Condestable de Castilla-2 de Agosto de 1521-Archivo de Simancas-Catal. V-número 474-Revista de Arch. Bibliot.-Set. A Dic. 1912.

(2) Gómez Arteche-Tom. 5º p. 238-Id Muñoz Maldonado-Tom. 2º p. 161.

(3) Véase el Apénd. Nº 2.

 

sábado, 24 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (IV)

 



En esta última lucha de Ciudad Real con la Orden, la más terrible, larga y dura de todas, los Maestres lograron el triunfo de salvar sus murallas, hacerse fuertes en el Alcázar y apoderarse de  parte de la ciudad, gracias a los grandes elementos de guerra que aportó, y más que todo, a la funesta división de sus vecinos, por vez primera manifestada, en cuanto que, en las anteriores contiendas pelearon todos unidos en defensa de su libertad e independencia, animados por el pensamiento constante de permanecer fieles a sus reyes y no darse de vasallos a la Orden. Pero, fuera porque el trato de los muchos caballeros, que siempre residieron en Ciudad Real, había aficionado a sus habitantes a las cosas y personas de la Orden, o porque la actual discordia caminó inseparablemente unida a la guerra civil suscitada por la sucesión del reino a la muerta de Enrique IV, en la cual, los bandos y turbulencias de la nobleza llegaron a su apogeo; ello es, que muchos de sus vecinos, personas de distinción en su mayor parte, tomaron el partido del Maestre y combatieron con un ardor digno de mejor causa contra sus hermanos y convecinos. A la salida del Maestre las represalias no se hicieron esperar. La ciudad allanó sus casas, confiscó sus bienes y les exoneró de todos sus empleos.

Una vez sosegada la tierra, abatido para siempre el orgullo y ambición de la Orden, los vecinos de Ciudad-real que abrazaron su partido, viéronse obligados a retirarse como vencidos, viviendo en el destierro; viendo que otro remedio no tenían a sus triste situación, sino el camino del perdón y de la clemencia, se presentaron a los Reyes Católicos, a la sazón en Ocaña, los que después de aceptar su vasallaje y protestas de arrepentimiento dictaron la Provisión siguiente:

“Don Fernando y D.ª Isabel por la gracia de Dios Rey y Reyna de Castilla…. A Vos García de Cortes, nuestro vasallo e nuestro Corregidor en la noble y leal Ciudad-real el alcaldes…. Sepades que nos estando en la villa de Ocaña, parecieron ante nos en el nuestro consejo algunas personas de las más principales que en los movimientos pasados fueron echados de essa dicha ciudad nos querellaron diciendo que les fueron tomados e rrobados sus bienes e fueron muertos algunas personas sus fixos y hermanos e parientes en los movimientos en essa dicha ciudad acaecidos, e sobre ellos, nos pidieron complimiento de Justicia. Contra lo qual se oposueron algunos rexidores e otros vecinos de la dicha ciudad que estaban dentro en ella, por sí y en nombre del concexo, e otras personas singulares de ella, por sí y en nombre del concexo, e otras personas singulares de ella, alegando perdón, que de las cosas passadas en los dichos movimientos de Nos tenían, e asimismo e otras seguridades e otras razones para su defensión, lo cual todo Nos mandamos cometer a algunos de nuestro Consejo, eles mandassemos que lo viesen entre ellos y lo determinasen por vía de espediente, porque los querellosos alcacaren su Justicia e se aguardase lo que a los otros teníamos perdonado, asegurado e prometido, los quales oyeron amas partes e entendieron entre ellos por los reducir a concordia. E de consentimiento de ellos ficieron e ordenaron ciertos Capitulos su tenor de los quales es este que se sigue==



Primeramente que todas e qualesquiera personas que estaban desterrados e echados fuera de la dicha Ciudad Real que sean luego tornados a sus casas con toda libertad para estar en ellas como quisieren y según lo podían facer antes de los movimientos acahecidos en la dicha ciudad.

==Iten, que les sea luego tornados e restituidos e qualesquier vienes rrayces e heredamientos e colmenas e tintes e batanes e molinos que les fueron tomados. E rreboco qualesquier mercedes e secuestraciones e embargos que de cualesquiera personas así por el Rey e por la Reyna nuestros Srs como de otra cualquier manera así en causa de los dichos movimientos como por otra cualquier causas o colores quedando sujeta a salvo para que las deudas que devan las ayan de pagar… Que el Corregidor de la dicha Ciudad Real tenga poder para entender en la restitución de lo que fuera fallado por la manera que bea que mejor se pueda facer el servicio del Rey y de la Reyna”….

“Iten: Que los oficios de la Hermandad ayan por mitad en la forma que solían guardar antes de los movimientos pasados; y por quanto al tiempo de los dichos movimientos era alcalde de la dicha Hermandad de la parte de los que están fuera no pudo cumplir el tiempo que había de cumplir, entiendese que ha cumplido el termino de los alcaldes que ahora son. El dicho Rodrigo de Santa Cruz sea elegido por alcalde de la dicha Hermandad por parte de los que ahora están fuera de la dicha ciudad para que lo tengan por el tiempo que acostumbran tener los que son elexidos por la dicha Hermandad.

Iten: que sean acrecentados cinco reximientos de la dicha ciudad demás del numero antiguo a las personas siguientes: a Fernando de Poblete, e a Fernan Veltran, e a Martivañe e a M. Gaytan e a Fernando de Cervera al que hacían gracia del Alcazar de esta ciudad”.

“Iten: que el Rey e Reyna nuestros Srs. fagan merced de Cornado(1) a Alfonso De Mora e Alfonso de la Serna de cada dos mil mrs. De merced de por vida para que los aya señaladamente de los diez mil mrs. De juro de heredad que sus Altezas ficieron merced a la dicha Ciudad Real para propios de ella contando que después de sus días de los sobre dichos e de cada uno de ellos se tornen y vuelvan a la dicha ciudad”.

“Iten: que sean tornados e restituidos sus oficios de reximientos de la dicha ciudad a el Ldo. Juan del Campo e a Sancho de Ciudad e a el Bachiller Gonzalo Rodriguez e a Garci Jufré e a Fernando de Torres e en Alfonso Gutierrez e a Juan Gonzalez de Ciudad-Real e ansi mismo el oficio de Juan Torres que tiene en la dicha ciudad para que los ayan e tengan e posean según en la manea que los tenían e poseían antes de los dichos movimientos”.




“Iten: que en quanto a el reximiento de Alfonso de Villa real que Alfonso de Cespedes pedie dice averle fecho merced del que en este caso, los Srs. Reyes lo cometan a los doctores de Talabera de Alcocer para que vean el derecho e lo determinen.”

…………………………………………………………………………………………….

“Porque vos a vos el dicho Corregidor que executedes e cumplades  e fagades executar todo lo que conste en los dichos Capitulos… En la muy noble ciudad de Toledo veinte días de hebrero del Nacimiento de ntro. Señor Jesucristo de mil quatrocientos setenta y siete -yo el Rey. yo la Reyna” (2)

La dura lucha sostenida con la Orden dentro de la ciudad, la triste circunstancia de militar en su campo vecinos influyentes, las numerosas víctimas en uno y otro bando aumentaron de un modo extraordinario las rivalidades y los odios, los que corta la magnánima Reina de Castilla, templando la justicia con la clemencia. Concedió perdón y olvido a aquellos que habían hecho armas contra ella y a los de Ciudad-Real por los crímenes cometidos contra los vencidos por vía de represalias, con la condición de restituir los bienes y cargos usurpados durante aquel desorden. Así como con esta política Fernando e Isabel establecieron en Castilla y Andalucía el orden y buen gobierno, lograron hacer reinar la concordia y la paz en Ciudad-Real. (3)


(1) Apend.-1-

(2) Jurado-Cap. 4-fol.-75 y sig.

(3) V. Gebhardt-His. Gral. De Esp.-T. 4º-p. 296.


viernes, 23 de octubre de 2026

CIUDAD REAL EN EL DICCIONARIO HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, BIOGRÁFICO Y BIBLIOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (III)

 



La causa esencial y primitiva de esta perpetua rivalidad está vinculada al pensamiento, que guió á nuestros Reyes, para fundar a Ciudad-Real y cuidar en todo tiempo de su mejoramiento; guerra que informa toda la Edad Media, puesto que, representa la aspiración constante de los Reyes en conservar su primacía en lucha continua con los nobles y ricos hombres, que tendían á mermar la autoridad real. Pero el motivo que dió origen á todas sus querellas, paladinamente lo expresa y determina Alfonso XI; “por cuanto, dice, vi cartas é privilegios del rey Don Alfonso mio abuelo é del rey Don Fernando mío padre.... en que mandava que el consejo de Villa Real que cortase leña verde, é seca, de los montes, veviesen las aguas, paciesen las yerbas son sus ganados, é agora la Reyna mi madre dijome que habia Maestre de Calatrava é sus frayles que non los dejan á los vecinos é moradores de Villa Real e su termino cortar leña de los montes.... ni traer el carbón.... ni el esparto, ni las otras casas que seas menester.... en esto dispassan contra las cartas e' los Privilegios, é los usos, é las costumbres que el Concejo de Villa Real ovieron con los otros maestres, ---13 de julio de 1329—(1) Careciendo Ciudad-Real de estas cosas necesarias para su existencia, siéndole reconocido, estos servicios por los Reyes en sus cartas y por los Maestres en sus repetidos convenios, al ser violados estos derechos por la Orden, faltaba a la justicia y conculcaba la fe jurada. Mas el pensamiento de destruir á Ciudad-Real fue en ella permanente, como este era el camino más seguro y expedito para conseguir su codiciado objeto, de aquí el que no cesara en su ocupación en prender á los leñadores, lanzar de sus dehesas a los ganados y prohibir el uso de sus molinos; reclamaba siempre el concejo de Villa Real, aunque sin resultado y enardecidos unos y otros en la defensa de sus intereses, guiados por la pasión y añejos rencores, lanzabanse a la lucha sangrienta, allegando al combate cuantos recursos hallaban a las manos y les prestaba el estado de la nación. Tanto influía la situación del reino en el proceder de los conténdientes, que fué ley invariable la que no faltaron jamás, el recurrir á las armas, cuando el desorden del gobierno y debilidad del Monarca les impedían ocuparse en otra cosa, que sostener su autoridad, y el pleitear en su curia cuando era ésta potente y robusta, para la defensa de sus derechos sostenía Villa Real una milicia permanente de cien jinetes y doscientos ballesteros, y reclamando esta fuerza el infante D. Felipe, tutor del Rey, en 1325, hubo de contentarse con un auxilio de dinero, por no dejar desamparada en la lucha empeñada con la orden de Calatrava autorizando este mismo Infante á Villa Real, para que ocupara el Castillo de Guadalerza, que pertenecía á sus contrarios.

El reinado de Fernando IV y menor edad de Alfonso XI fueron tan provechosos á Villa Real como perjudiciales á la Orden; pero el fuerte reinado que inició el último hizo cesar la lucha en el terreno de la fuerza, para llevarla al de la ley, y llamando á su tribunal las pruebas todas del proceso dictó su sentencia en 1329, ordenando en ella, que Villa Real devolviera á la Orden á Benavente, Alcolea, Picón, Sedano, Turrillo, Hernán Caballero, Peralbillo, La Celada, Fuente Porcuna, Robledo con todos sus términos y las ruedas ó aceñas del Espino, Cación, Batán el Nuevo, Pedro Sancho, Batanejo, Emperador, Salceda y Torrecilla, condenándole además al pago de 60.000 maravedis por los frutos que de los mismos había recibido. Al fin de cortar de raíz estas discordias dio varias providencias el Rey de Castilla, las que mencionaremos al tratar de Miguelturra; pero desgraciadamente no lograron calmar las excitadas pasiones de los dos bandos contendientes, contribuyendo á ello la Orden como siempre en primer termino, pues según nos refiere Rades de Andrada, su cronista más conspicuo, continuó en su fatal tarea de hacer mala vecindad á Villa Real, castigando con rigor inusitado á las que cogía cortando leña en sus dominios y haciéndole á sus vecinos, en las demás cosas el mayor mal que podía; vengáronse estos y terriblemente de tales demasías, admitiendo á los caballeros rebeldes D. Alonso de Mantilla, D. Juan Ramírez y D. Gonzalo de Mera, y acaudillados todos por don Juan Nuñez vencieran al Maestre en batalla campal y asolaron el vecino pueblo de Miguelturra.




El diligente cronista Rades de Andrada nos refiere el último ato de hostilidad armada de la Orden contra Ciudad-Real. “Elegido, nos dice, don Rodrigo Tellez de Girón Maestre de Calatrava en Villarrubia á los ocho años, administró el maestrazgo su tío D. Juan Pacheco, pero muerto este cuando aquel contaba solos 16 años de edad tomó las riendas del gobierno; al mismo tiempo que se declaraba fogoso partidario de Dª. Juana y hacía crecer las hondas divisiones de Castilla, declaró la guerra á Ciudad-Real como de la Corona. “Junto, en Almagro 300 de á cavallo con otros 2000 peones y fue contra esta ciudad con intento de tomarla para su orden. Decia pertenecerle por virtud de la donacion que el rey D. Sancho el Bravo havía hecho de aquel pueblo. Los de Ciudad-Real se pusieron en defensa por no salir de la Corona Real y sobre esto uvo guerra entre el Maestre y ellos, en la qual de ambas partes murieron muchos hombres. Finalmente el Maestre tomó la ciudad por fuerza de las armas como parece por la cronica de los Reyes Católicos, la tuvo muchos días y hizo cortar la cabeza á muchos hombres de ellos, porque habían dicho algunas palabras injuriosas contra el; y á otros de la gente pleveya hizo azotar con mordazas en las lenguas. Los de la ciudad se quexaron á los Reyes Católicos de los agravios y afrentas que los de la Orden de Calatrava les hazían; y dixeron como en aquella ciudad avia pocos vezinos, y ninguno dellos era rico ni poderoso para hazer cabeza del contra el Maestre: antes todos eran gente comun y pobre, por estar la ciudad cercada de pueblos de Calatrava y no tener términos ni aldeas. Los Reyes Católicos viendo que si el Maestre de Calatrava quedava con Ciudad-Real, podía más fácilmente acudir con su gente á juntarse: con la del Rey de Portugal, que ya avia entrado en Extremadura, enviaron contra el á D. Diego Fernandez de Cordova, Conde de Cabra, y á D. Rodrigo Manrique, Maestre de Santiago con mucha gente de guerra. Llegaron estos dos capitanes á Ciudad-Real donde el Maestre D. Rodrigo Tellez estava, y pelearon la gente de unos con la de otros á la entrada y por las calles, que no es pueblo de fortaleza, ni castillo, sino solamente cercado de una ruyn cerca. "Cotos pelearon valerosamente, y de ambas partes murieron muchos; mas como los dichos dos capitanes avían llevado mucha gente, y los de la ciudad eran con ellos, vencieron, y echaron fuera al Maestre con los suyos estuvieron allí los capitanes mucho tiempo haciendo guerra en las tierras de la Orden á fin de que el Maestre por defender las dexase de acudir al Rey de Portugal.(1)

D. García López de Padilla en el siglo XIV y D. Rodrigo Téllez Girón en los últimos años del siguiente fueron los Maestres de Calatrava, que irás extremaron su odio a Ciudad-Real, jurando su ruina, la que estuvieron á punto de conseguir; porque circunscribiendo el primero su término á poco más de sus murallas, hacía imposible la vida de sus vecinos, y á durar más tan penosa situación se hubieran visto obligados á dejar desiertos sus hogares. Decretando el segundo su exterminio, hacia sufrir la última y huir no pudieron; a no venir las tropas reales en su auxilio, esta ciudad en breve tiempo dejara de existir a manos de su implacable verdugo.

 

(1) Libros Capit. Núm. 26.

(2) Chrónica-Calatrava-fol.º 79.